jueves, 23 de junio de 2016

Salario Básico Unificado y Canasta Básica Familiar

Salario Básico unificado y su evolución en los últimos 10 años


Mientras que el valor de la Canasta Básica Familiar es:

Extraído de la Web: www.ecuadorencifras.gob.ec






Obligaciones Laborales del Empleador y Derechos del Trabajador

Obligaciones del Empleador

Celebrar un contrato de trabajo.

  • Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
  • Afiliar a tu trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer día de trabajo, inclusive si es a prueba.
  • Sueldo básico que se debe pagar es de 366.00 usd ( SBU 2016).
  • Asumir el porcentaje(11,15%) que corresponde al empleador por la seguridad social
  • Pagar horas extras y suplementarias.
  • Pagar los décimos tercero y cuarto.
  • A partir del segundo año de trabajo pagar los Fondos de Reserva.
  • A pagar una compensación por el salario digno.
  • A pagar utilidades si la empresa tiene beneficios.
  • El Sr. Presidente de la República del Ecuador ha anunciado el 1 de junio del presente año que el nuevo proyecto de “Ley de Código Laboral” incorporará la mensualización VOLUNTARIA del décimo tercer y cuarto sueldo.

  • Derechos del Trabajador en el Ecuador


    • Afiliación a la Seguridad Social desde el primer día de trabajo
    • A percibir como mínimo el sueldo básico(366 usd).
    • A percibir horas extras y suplementarias, en el caso que trabajes estas horas.
    • A percibir los décimos tercero y cuarto en las fechas establecidas.
    • A percibir los Fondos de Reserva a partir del segundo año de trabajo.
    • A un periodo de vacaciones laborales remuneradas.
    • A recibir una compensación por el salario digno.
    • A un periodo de licencia por paternidad( nuevo padre).
    • A un periodo de licencia por maternidad(madre).
    • Al subsidio por maternidad para la nueva madre.
    • Solicitar certificados relativos a su trabajo.
    • A recibir un pago por concepto de utilidades.


    Extraído de:
    • CÓDIGO DEL TRABAJO
    • LEY DE SEGURIDAD SOCIAL